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Un seguro específicamente diseñado para ofrecer a las empresas una protección completa para proteger su maquinaria industrial y las pérdidas consecuenciales que un daño interno en ellas puedan causar en su operación productiva.
¿Qué me cubre?
Cuando su empresa contrata nuestro seguro de rotura de maquinaria, estará protegiendo los posibles daños materiales que afecten internamente la maquinaria de su propiedad ante eventos como:
- Impericia o negligencia.
- Corto circuito y arcos voltaicos.
- Errores en diseño, cálculo o montaje.
- Explosión física o química.
- Falta de agua en calderas.
- Tempestad.
Y para una mayor protección, puede acceder a otras coberturas adicionales:
- Incendio interno.
- Gastos adicionales por horas extras o trabajo nocturno.
- Bombas sumergidas y bombas para pozos profundos.
- Lucro Cesante.
¿Qué no me cubre?
De forma general, este seguro no cubre:
- Defectos ya existentes de la maquinaria.
- Hurto.
- Guerra.
- Huelga o rebelión.
- Terrorismo y actos mal intencionados de terceros.
- Terremoto, temblor de tierra y erupción volcánica.
- Riesgos nucleares o atómicos.
- Daños ocasionados por reparaciones encaminadas a prolongar la vida útil de la maquinaria.
- Desgaste, deterioro u oxidación.
- Pérdida o alteración de datos electrónicos.
¿Quién se puede asegurar?
Cualquier empresa radicada en Colombia, con sus permisos de funcionamiento vigentes, y que desee proteger su patrimonio.
Forma de Pago
El seguro de construcción tiene una vigencia anual, la cual puede ser extendida dependiendo de las características propias de las obras en construcción y puede ser adquirido bajo dos modalidades de pago de prima:
- Pago único al inicio de la vigencia del seguro.
- Financiación en cuotas.
En caso de Reclamación
Se puede presentar la reclamación a la Compañía a través de la línea de atención al cliente, las 24 horas del día o, si lo desea, puede acercarse a cualquiera de nuestras sucursales. Allí lo guiarán en el proceso pertinente.
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