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Con Sura tienes a tu disposición y la de toda tu familia lo mejor de la medicina tanto en Colombia como en el resto del mundo.
¿Qué me cubre?
Cobertura Hospitalaria
- Habitación individual.
- Unidad de cuidados intensivos.
- Gastos hospitalarios.
- Honorarios por visitas médicas.
- Honorarios quirúrgicos y de anestesiólogo.
- Prótesis.
- Maternidad.
- Transplantes.
- Estados comatosos.
- Hospitalizaciones siquiátricas.
Cobertura Ambulatoria
- Enfermera especial.
- Tratamiento ambulatorio por cáncer o leucemia.
- Hemodiálisis y diálisis peritoneal.
- Exámenes de diagnóstico.
- Plan de atención médica domiciliaria.
- Terapias.
- Laboratorio clínico.
- Cirugía ambulatoria y tratamiento de fracturas, luxaciones y esguinces.
- Consulta externa.
- Urgencias por enfermedad y por accidente.
Médico personal y grupo de cuidado
Acompañamiento constante y personalizado para cada miembro de tu familia, brindando atención básica e integral centrada en el paciente.
- Médicos Internistas (Personas mayores de 16 años)
- Médicos Pediatras (Personas menores de 16 años)
- Médicos Generales
- Acceso directo a Ginecología y Oftalmología
A través de estos médicos se realizará una remisión oportuna y adecuada a todos los servicios de salud necesarios para la recuperación del paciente y prevención de futuros eventos.
¿Qué no me cubre?
- Tratamientos hospitalarios y/o ambulatorios, exámenes de diagnóstico o laboratorio clínico como consecuencia de:
- Enfermedades, anomalías o malformaciones congénitas.
- Alcoholismo y/o drogadicción.
- Estrabismo. defectos de refracción visual.
- Tratamientos para la obesidad de cualquier tipo, incluyendo la obesidad mórbida, by pass gástrico.
- Tratamientos odontológicos, excepto la atención de urgencia por accidente, siempre y cuando el servicio sea solicitado dentro de las 48 horas siguientes a la ocurrencia del accidente. Enfermedades periodontales y sus complicaciones, alteraciones de
la articulación temporomandibular, trastornos de la mordida o trastornos del desarrollo mandibular o maxilar. No se considerarán accidente las fracturas dentales causadas por la ingestión de alimentos.
- Mamoplastias de cualquier tipo. excepto aquellas reconstructivas a consecuencia de cáncer de seno.
- Rinoplastia, cirugía estética, cirugía plástica, excepto la cirugía reconstructiva funcional como consecuencia directa de accidente cubierto por la póliza.
- Dietas, adelgazamiento, rejuvenecimiento, cosmetología, cámara hiperbárica, scleroterapia, quiropraxia y similares.
- Tratamientos de fertilidad o infertilidad, ligadura de trompas, vasectomía, inserción o retiro de dispositivos, fecundación invitro, inseminación artificial, tratamientos orientados al feto. Aborto provocado, sus secuelas y complicaciones.
- Pruebas genéticas, pruebas de alergia o parche.
- Chequeos médicos o de diagnóstico, exámenes de ingreso, chequeos ejecutivos.
- Complicaciones o secuelas de un tratamiento no amparado por la póliza.
- Enfermedades psicológicas o siquiátricas, enfermedades mentales, estados de demencia, psicoterapia, psicoanálisis o psicoterapia prolongada, terapia neuropsicológica o neuropsiquáatrica, estados depresivos, curas de sueño, reposo o descanso. excepto los tratamientos siquiátricas hospitalarios para el manejo de las crisis agudas, limitado a un máximo de treinta (30) días calendario por vigencia anual.
- Consecución de órganos a trasplantar.
- Suministro de anteojos, lentes de contacto, aparatos o equipos ortopédicos, audífonos.
- Suministro de prótesis, excepto las indicadas en el numeral 1.6. de la cláusula iii - coberturas.
- El estudio polisomnográfico, trastornos del sueño, tratamiento hospitalario o ambulatorio del ronquido, uvulopalatoplastia.
- Las lesiones sufridas por el asegurado cuando participe en actos ilícitos.
- Tratamientos hospitalarios y/o ambulatorios como consecuencia de accidentes por la utilización de o la practica de: motociclismo, cuatrimotos, vuelo en planeadores, cometas, ultralivianos y similares, parapente, bungee jumping, puenting, rafting, downhill, paracaidismo, escalaje de montañas, esquináutico o de nieve, buceo, artes marciales y deportes
o actividades recreativas denominadas de alto riesgo y/o extremas.
- Tratamientos y medicamentos no reconocidos por las asociaciones científicas, o de carácter
experimental.
- Tratamientos hospitalarios y/o ambulatorios realizados en instituciones o por profesionales no autorizados por la respectiva autoridad gubernamental para la práctica y/o realización de procedimientos médicos.
- Los medicamentos prescritos para un tratamiento ambulatorio (no hospitalario), excepto los amparados expresamente por la póliza.
- Tratamientos hospitalarios o ambulatorias o coberturas médico asistenciales no determinadas o previstas expresamente dentro de las coberturas de la presente póliza.
- Las consultas, exámenes laboratorio y/o diagnóstico, las terapias o procedimientos médicos o quirúrgicos que no provengan de una orden dada o de una remisión hecha por el medico personal.
- Todos los gastos realizados como consecuencia de tratamientos, hospitalarios o ambulatorios, consultas médicas, terapias, exámenes de laboratorio y diagnóstico, medicamentos hospitalarios y/o ambulatorio, atención de urgencias, en el exterior.
- Tratamientos hospitalarios y/o ambulatorios como consecuencia de guerra civil o internacional. Las lesiones inmediatas o tardías causadas por fisión o fusión nuclear. así como las lesiones sufridas por el asegurado cuando participe directamente en huelga, motín, asonada, rebelión, revolución, sedición.
¿Quién se puede asegurar?
En este Plan se pueden asegurar todas las personas residentes en Colombia menores de 59 años. No existe una edad mínima de ingreso o máxima de retiro.
Para poder acceder a una póliza de salud todas las personas deben estar afiliadas al Plan Obligatorio de Salud (POS)
Forma de Pago
Periodicidades
- Anual
- Semestral
- Trimestral
- Mensual
Medios de pago
- Financiación a través de la compañía
- Débito automático
- Tarjeta de crédito
- Cheque
- Efectivo
Si deseas más información sobre los medios de pago ingresa aquí
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