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Cuando una entidad o empresa le hace un préstamo a una persona natural ó a un empleado, por medio del Plan Vida Deudores se garantiza que si esa persona fallece ó se incapacite de forma total o permanente, el saldo de la deuda se cancela, evitando así, por un lado dificultades de la entidad para recuperar su dinero y por el otro lado evitando dejarle a los herederos cuentas por pagar.
¿Qué me cubre?
- Vida
- Incapacidad total y permanente
- Bono para gastos funerarios
¿Qué no me cubre?
- Suicidio durante el primer año de permanencia en la póliza
- Eventos accidentales causados directamente por guerra.
- Eventos a consecuencia de fusión o fisión nuclear.
- Incapacidades provocadas a si mismo por el asegurado.
¿Quién se puede asegurar?
Se asegura el deudor.
Forma de Pago
Es pagado por el deudor con las cuotas correspondientes al crédito.
Si deseas más información sobre los medios de pago ingresa aquí
En caso de reclamación
Para alguna reclamación consulte con su asesor ó diríjase a una Sucursal de SURA, donde con mucho gusto atenderemos el caso.
Condicionado
Si deseas conocer el condicionado de esta solución, da clic en la imagen
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